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Regímenes tributarios vigentes en Perú

by Kira Urbaneja on enero 8, 2020

Existen 4 regímenes tributarios vigentes en Perú: Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS), Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER), Régimen MYPE Tributario (RMT) y Régimen General (RG).

Un negocio, debe ser registrado de manera obligatoria en la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) y dependiendo de su tamaño y nivel de ingreso, se apega a uno de los regímenes tributarios existentes, para pagar los impuestos que le correspondan.

A continuación te indicamos las características de cada uno de los regímenes tributarios vigentes en Perú.

NRUS – Nuevo Régimen Único Simplificado

En su página web, la SUNAT establece que en este régimen tributario, se encuentran las personas que tienen un pequeño negocio y sus principales clientes son consumidores finales: una bodega, puesto de mercado, zapatería, bazar, pequeño restaurante, juguetería, peluquería, etc.

Este régimen tributario, se caracteriza por:

  • No es necesario llevar registros contables.
  • Sólo se debe efectuar un pago único mensual.
  • No es obligatorio presentar declaraciones mensuales ni anuales.

Para determinar, el monto del pago único que se debe realizar, es necesario tomar en cuenta los ingresos o compras mensuales (el que resulte mayor) y ubicar la categoría correspondiente, según la siguiente tabla:

NRUS - Nuevo Régimen Único Simplificado

Fuente: SUNAT

Importante: Si la empresa excede el monto mensual de la Categoría 2 o si los ingresos anuales superan los  S/ 96,000 es necesario cambiar de régimen.

RER – Régimen Especial de Renta 

Al Régimen Especial de Renta deben apegarse las personas con negocios y personas jurídicas, que obtengan ingresos provenientes de: La venta de bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo y actividades de servicios.

Este régimen tributario se caracteriza por:

  • Sólo deben ser llevados dos registros contables: Registro de Compras y Registro de Ventas.
  • Es necesario hacer una declaración mensual.
  • No es obligatorio presentar ante la SUNAT declaraciones anuales.

Para determinar los impuestos que se deben declarar y pagar a la SUNAT, es necesario guiarse por la siguiente tabla:

RER - Régimen Especial de Renta

Fuente: SUNAT

Importante: Si los ingresos anuales superan los S/ 525,000 es necesario cambiar de régimen.

RMT – Régimen MYPE Tributario 

Para entrar en este régimen, es necesario que los ingresos netos no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable.

Este régimen tributario fue especialmente creado, para las Micro y Pequeñas  empresas, para promover su crecimiento y brindarles condiciones más simples para cumplir con sus obligaciones tributarias.

Este régimen se caracteriza por:

  • Los montos a pagar dependen de la ganancia obtenida.
  • Tasas reducidas
  • Posibilidad de suspender los pagos a cuenta.
  • Emitir todos los tipos de comprobantes de pago autorizados por la SUNAT.
  • Llevar únicamente: Registro de Venta, Registro de Compras y Libro Diario en Formato Simplificado.

Para determinar los impuestos que se deben declarar y pagar a la SUNAT, es necesario guiarse por la siguiente tabla:

RMT - Régimen MYPE Tributario

Fuente: SUNAT

Aquellos que formen parte de este régimen tributario, cuentan con facilidades para la deducción de gastos por depreciación del activo fijo, castigo de deuda incobrable y provisiones equitativas por dicho concepto, en ambos casos relacionados para su registro contable.

De presentarse desmedro de tus existencias, es posible destruirlas con la asistencia del fedatario que designe la Administración Tributaria.

RG – Régimen General

A éste régimen tributario, deben apegarse las personas con negocios y personas jurídicas que se dediquen a las siguientes actividades comerciales, industriales y mineras:

  • Explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales.
  • Prestación de servicios comerciales, financieros, industriales, transportes, etc.
  • Corredores de seguros y comisionistas mercantiles, Notarios, las asociaciones de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio.

Este régimen tributario se caracteriza por:

  • Permite desarrollar cualquier actividad sin límite de ingresos.
  • Es posible emitir todo tipo de comprobantes de pago.
  • En caso de pérdidas económicas en un año, se pueden descontar de las utilidades de los años posteriores, pudiendo llegar al caso de no pagar Impuesto a la Renta de Regularización.

Para determinar los impuestos que se deben declarar y pagar a la SUNAT, es necesario guiarse por la siguiente tabla:

Regímenes tributarios vigentes en Perú: RG - Régimen General

Fuente: SUNAT

Cronograma de Obligaciones Mensuales – Ejercicio 2020

Puedes consultar el Cronograma de Obligaciones Mensuales 2020, haciendo clic aquí

Fuente: http://www.sunat.gob.pe/

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