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PLE: ¿Cómo debe ser el llevado y registro de operaciones?

by Kira Urbaneja on diciembre 27, 2019

Para realizar el llevado y registro de operaciones, en el Programa de Libros Electrónicos (PLE), es necesario cumplir con las normativas establecidas por la SUNAT. A continuación te decimos cuáles son:

PLE: Llevado de Operaciones

La SUNAT establece en su página web oficial, que las operaciones que deban ser anotadas o registradas en los Libros Electrónicos, se entenderán como producidas, cuando la institución emita una Constancia de Recepción.

La Constancia de Recepción, se emite al realizar el envío del Resumen de un Libro Electrónico a través del PLE.

La SUNAT considerará que el registro se ha efectuado con atraso mayor al permitido, cuando se emita la Constancia de Recepción, fuera de los  plazos máximos de atraso determinados para cada Libro Electrónico.

Cuando se emita la Constancia de Recepción dentro de los plazos antes señalados, se entenderá que el registro se ha realizado en el mes o ejercicio en que correspondía efectuarse.

Es importante entender, que el envío del Resumen de cada Libro Electrónico deberá efectuarse una sola vez, luego de haber finalizado el mes o ejercicio al cual corresponde el registro de las actividades u operaciones.

PLE: Registro de Operaciones

La SUNAT establece que el registro de Operaciones en el PLE, debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Debe ser en orden cronológico o correlativo, salvo que por norma especial se establezca un orden predeterminado.
  • En moneda nacional.
  • Lenguaje: Castellano.
  • Asientos de ajuste, reclasificación o rectificación que correspondan.
  • Utilizar un Plan Contable General vigente: Plan Contable General Empresarial o el Autorizado.
  • Ser firmado por el deudor tributario y por el Contador Público Colegiado, en el caso del Libro de Inventarios y Balances, mediante su Clave SOL.
  • Utilizar los tipos de comprobantes de pago o documentos previstos en la Tabla 10 de la Resolución de Superintendencia N° 234-2006-SUNAT y normas modificatorias.

Puntos importantes 

  • De no realizarse actividades u operaciones en un determinado mes o ejercicio, el Generador seleccionará la opción correspondiente que para tal efecto prevea el PLE.
  • El Libro Electrónico está constituido, por los archivos de formato texto validados por el PLE, más la Constancia de Recepción correspondiente.
  • A través del PLE, es posible verificar la autenticidad de un Libro Electrónico, para ello es necesario contar con el archivo de texto que contiene la información contable y la Constancia de Recepción emitida por la SUNAT.

Fuente: http://www.sunat.gob.pe/

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Dora, ofrece la opción XPLE, una columna que te permitirá, declarar una transacción en un mes que no es el actual.

Los casos en que puedes usar la opción XPLE, son los siguientes:

  1. En caso de no poder declarar una transacción en el mismo mes que fue realizada, solo debes marcar la opción de la columna XPLE y esa transacción, no será tomada en cuenta en la declaración de ese mes.
  2. Para declarar una transacción de otro mes en el mes actual, debes marcarle la opción XPLE y será tomada en cuenta.

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